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Requisitos para la aplicación de un préstamo hipotecario:
1. Verificación de empleo/ingreso: mediante una carta en papel oficial (consignando dirección postal y teléfonos), extendida por un Contador Público del país de origen, se informa si el aplicante desarrolla un trabajo independiente o posee negocios.
Deberá aclarar asimismo los ingresos del interesado durante los últimos 2 años, expresados en dólares estadounidenses.
En caso de desarrollar un trabajo en relación de dependencia la carta deberá ser extendida por el empleador informando el ingreso percibido en concepto de sueldo durante los últimos 2 años, expresado en dólares estadounidenses, aclarando el puesto y el tiempo desde el cual se desempeña en ese trabajo. Se exige el uso de hoja carta oficial del establecimiento y deberá incluir firma y aclaración.
2. Verificación del monto requerido para el cierre de la operación: el capital líquido debe ser verificado en el país de origen o en los Estados Unidos. En el primer caso puede realizarse a través de una carta del Banco que consigne número de cuenta, balances actuales, promedio de balances de los 2 últimos meses y fecha de apertura de las cuentas. Se exige el uso de hoja carta oficial del establecimiento y deberá incluir fecha, dirección, teléfono, firma y aclaración del oficial responsable.
En caso de tratarse de capital líquido en los Estados Unidos, éste será constatado mediante VOD ́s (verificaciones de depósitos) o mediante la presentación de los estados de cuenta de los 3 últimos meses.
El monto a verificar es el importe del downpayment, con el agregado de 6 meses en concepto de reserva del pago mensual PITI (principal + intereses + impuestos + seguro).
3. Carta de referencia/Recomendación de crédito: extendida por una institución bancaria del país de origen en papel oficial. Deberá incluir dirección, teléfono, fecha, firma y aclaración de un oficial responsable y establecer lapso y tipo de relación con la entidad bancaria, asegurando que el aplicante es conocido como una persona de negocios, avalando su reputación y asegurando que lo recomiendan como cliente.
4. Copia de Visa y pasaporte: dado que se puede escriturar a nombre personal o corporativo se exigen artículos de incorporación y constancia de vigencia de la corporación.